Y finalmente renunció Kenneth Giorgio Jackson Drago, nuestro bizarro ex ministro de desarrollo social, anunciando amenazas de querellarse por injurias y calumnias graves con publicidad por supuestas afirmaciones falsas e injuriosas que atribuyeron a su gestión.
La torpeza de Jackson es impresionante, otro más "vivo" -usando el criterio de la señorita Polizzi- habría puesto su cargo a disposición apenas apareció el primer escándalo en Bio Bio, con un poco de apoyo comunicacional podría haber capeado el temporal, desapareciendo por un tiempo hasta que al populacho se le olvidara todo el maldito asunto.
Los hechos
Pero prefirió aferrarse a su puesto, y de la peor manera. Poco después que empezaron a llover las acusaciones "alguien" encargó a delincuentes comunes para que se robaran del ministerio la caja de fondos con documentos que podrían incriminarlo.
También robaron 23 computadores que probablemente fueron un señuelo distractor, porque dejaron regadas pistas por todas partes para que los encontraran a las pocas horas, aunque nadie sabe si tienen o no los discos duros originales..
La caja de fondos la encontraron después vacía, de su contenido nunca más se supo. Todo esto dio pie para multitud de especulaciones y si miramos friamente el asunto, la Fiscalía no ha encontrado absolutamente nada y es probable que toda la investigación quede sin resultados. La gente se olvidará con el tiempo y buena parte de las pruebas que podrían comprometer al ministro. Esa fue la cosa en pocas palabras.
Injurias y calumnias
Como yo pitutié alrededor de diez años en los Tribunales de Arica y pasaba gran parte del tiempo sin hacer nada, llenaba mis horas de aburrimiento leyendo expedientes, leí cientos de ellos con miles de fojas.
Muchos juicios que eran tan apasionantes como la mejor novela, llegue a entender bien la terminología, fui perito judicial nombrado por la Suprema durante seis años, discutía errores de algunos amigos abogados y en resumidas cuentas, me convertí en un tinterillo aficionado.
Una de las muchas cosas que me llamaron la atención fueron los delitos contra la honra. En esos años -creo que fue entre 1990 y 2000- todavía existía el delito de desacato -que venía de muy antiguo- y el que insultaba a una autoridad pública se podía ir directo a la capacha.
Bueno, leyendo esos juicios aprendí las interesantes diferencias entre injurias y calumnias. Partamos por la calumnia, que consiste en acusar públicamente a alguien que ha cometido un delito, siendo esto falso. Por ejemplo si alguien dice publicamente que yo me robé un banco y no lo he hecho, yo podría considerar que ha perjudicado mi honra y demandarlo.
Y aquí aparece la exeptio veritatis, que consiste en que si el presunto calumniador muestra que efectivamente me robé un banco queda libre de polvo y paja. "El acusado de calumnia quedará exento de toda pena probando el hecho criminal que hubiere imputado" (Art 415 Código Penal).
Para que exista injuria en cambio, basta con probar que ha habido menoscabo a la honra, incluso si lo que se le imputa es verdad ·"Es injuria toda expresión proferida o acción ejecutada en deshonra, descrédito o menosprecio de otra persona"
La injuria es -al menos en teoría- muy peligrosa, porque si alguien me acusa de robar un banco y yo efectivamente lo robé, podría alegar siguiendo la letra de la ley que eso implica un menosprecio a mi persona, a pesar que soy un ladrón probado.
Seguramente en eso se basa la querella de Fabiola Campillai contra la doctora Cordero, que dijo algo cierto y evidente, sin embargo Campillai seguramente alegará menosprecio a su persona. Para que vean lo peligroso que puede resultar ser acusado de calumnia, aunque los jueces son quienes subjetivamente deciden si hubo o no "ánimo de injuriar", entonces todo queda en las arbitrarias manos de Usia.
Para los funcionarios públicos el delito de injuria cambia un poco "Al acusado de injuria no se admitirá prueba sobre la verdad de las imputaciones, sino cuando éstas fueren dirigidas contra empleados públicos sobre hechos concernientes al ejercicio de su cargo. En este caso será absuelto el acusado si probare la verdad de las imputaciones.. " (Art 420 Código Penal).
Eso es la base, pero hay varios recovecos en esto. Por ejemplo los delitos contra la honra tienen varias limitaciones, la más interesante es la de crítica legítima e interés público
Art. 241-3. Crítica legítima. No constituye injuria la apreciación crítica del desempeño científico, artístico, profesional, deportivo o comercial de otro que es formulada en la medida razonablemente requerida por el ejercicio de un derecho o el interés público en el juicio de ese desempeño. Tampoco constituye injuria la apreciación crítica del desempeño de un cargo o función públicos, o de relevancia pública, o que es relevante para un número considerable de personas, el mérito de un programa o propuesta para desempeñar uno o más de esos cargos, o la aptitud de un candidato a uno de esos cargos para su desempeño, en la medida razonablemente requerida para la formación de la opinión pública o del círculo de interesados.
En caso de duda acerca de la razonabilidad de la medida de la apreciación crítica, el tribunal considerará la crítica legítima.(Art 241-3 Código Penal).
Cuando se llega a un juicio, el acusado de injurias o calumnias también puede alegar que no tuvo animus injuriadi (intención de injuriar) sino simplemente una crítica legítima, animus iocandi (intención jocosa) o cualquier otro animus.
Al final, los delitos de injurias y calumnias son tremendamente subjetivos y quedan al arbitrio del juez, porque al final lo que se falla es con qué "intención" se hizo la afirmación y como sabemos, es imposible determinar objetivamente las intenciones.
Un último pelo a la sopa, recuerdo haber leído en uno de esos juicios un argumento interesante que apelaba a la opinión de Mario Garrido Montt, profesor de derecho y supremo, donde afirmaba que las autoridades que ostenten un alto cargo deben tener mucho menos protegida su honra que las personas comunes, porque existe un interés público superior a la honra en ests casos.
Entonces, para cerrar haré el siguiente experimento:
"El presidente Boric hurtaba en supermercados cuando menor, lo que me hace suponer que tiene estándares morales muy por debajo de cualquier otro político (no conozco ningún político en Chile que haya hecho algo parecido).
En mi opinión él, con su amigo Giorgio Jackson y sus correligionarios cercanos (directora de presupuesto, Crispi, etc.) montaron un sistema para defraudar y malversar dineros fiscales para enriquecerse dolosamente. Cuando esto se empezó a revelar, pienso que contrataron a delincuentes comunes para hacer desaparecer las pruebas que los incriminaban.
También creo que el presidente y su círculo cercano, por su conducta pública, además de ladrones e hipócritas son borrachos y drogadictos y pienso que cuando se empiecen a revelar la forma en que operaron comenzarán las traiciones y cuchilladas por la espalda entre ellos mismos, porque así operan los delincuentes."
Yo creo que en ninguno de estos tres párrafos existe injuria ni calumnia, ya que en mis opiniones no hay ánmo de injuriar. Como mucho alguna intención jocosa. Si me equivoco, que algún jurisconsulto de verdad me corrija o que el propio Giorgio Jackson me demande ya que -ahora- le interesa tanto su honra.
Valor futuro (publicado originalmente el 31 de agosto 2007)

